Se considera accidente laboral a la lesión o enfermedad que sufra el trabajador como consecuencia u ocasión del trabajo que lleva a cabo. Por ello, se debe tener en cuenta que la lesión puede ser tanto física como psíquica. Asimismo, se consideran también accidentes laborales a los ocurridos durante el trayecto de ida o vuelta al centro de trabajo.
Cualquier trabajador que haya sufrido un accidente laboral tiene derecho a recibir una indemnización compensatoria por los daños y las lesiones sufridas. Las reclamaciones por accidentes de trabajo pueden ser procesos complejos en los que es necesaria la ayuda y el asesoramiento de un abogado experto en accidentes laborales, para que se encargue de defender tus intereses.
Indemnización por accidente laboral
La empresa del trabajador cotiza de forma mensual en la Seguridad Social, en concepto de accidente laboral. Por ello, estas cotizaciones permiten cubrir las prestaciones correspondientes por accidente de trabajo.
En caso de que se produzca baja médica, el trabajador recibe una prestación por incapacidad temporal. Además, en caso de ser despedido durante la baja, no se descontarán los días de la prestación del paro. Asimismo, el trabajador, dependiendo del caso concreto, tendrá derecho a otro tipo de indemnizaciones:
- Indemnización por incapacidad permanente.
- Indemnización por falta de medidas de seguridad, responsabilidad de la empresa.
- En caso de fallecimiento a causa del accidente de trabajo, los familiares tienen derecho a recibir una indemnización.
- Otro tipo de indemnización que venga recogida en el convenio colectivo en materia de incapacidad laboral.
Por otro lado, en caso de necesitarla, el trabajador tendrá derecho a asistencia sanitaria desde el tratamiento, hasta la rehabilitación o las operaciones.
¿Cuándo no se considera accidente laboral?
Determinadas situaciones no pueden ser consideradas como accidentes de trabajo. Se excluyen, por lo tanto, los siguientes supuestos:
- Los accidentes acontecidos como consecuencia de fuerza mayor ajena al trabajo o a la empresa.
- Cuando el accidente sea producido con dolo o por imprudencia temeraria del trabajador. Sin embargo, la imprudencia profesional sí es considerada como accidente laboral.
Plazo para reclamar un accidente laboral
El artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador dispone de un año para reclamar a su empresa los daños y perjuicios causados por un accidente de trabajo. El cómputo comienza con la estabilización de las secuelas o el alta médica. Es decir, cuando se conoce el alcance de los daños personales causados por dicho accidente.
Si has sufrido un accidente laboral es necesario que busques un abogado especialista en la materia para que analice tu caso, te asesore y se encargue de tramitar la reclamación por la vía que corresponda, para asegurar tus intereses.
Este tipo de procesos pueden ser complejos y largos, por lo que un asesoramiento personalizado y la ayuda de un profesional puede ser determinante para la obtención de una indemnización acorde con los daños sufridos. ¿Tienes alguna duda? Ponte en contacto con nuestros abogados especialistas en accidentes laborales para que te acompañen durante todo el procedimiento.